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CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO SOLUCIÓN HILO MUSICAL.
Las Condiciones Generales descritas a continuación (en adelante,
las "Condiciones Generales") regulan las relaciones contractuales
entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, TELEFÓNICA
DE ESPAÑA) y el usuario de ADSL conectado a la Red RIMA de TELEFONICA
DE ESPAÑA (en adelante, el CLIENTE), en todo lo relativo a la prestación
del Servicio Solución Hilo Musical (en adelante, el SERVICIO),
La utilización del Servicio se encuentra sometida a todos los avisos,
reglamentos de uso e instrucciones puestos en conocimiento del CLIENTE por
TELEFÓNICA DE ESPAÑA, y específicamente a las Condiciones
Generales de aplicación de los Servicios Soluciones de Empresa, en la modalidad
que haya contratado el CLIENTE, y que se encuentren publicadas a tal efecto
en la URL: http://telefonica.terra.es/contratos/portada.cfm.
Las citadas Condiciones Generales de aplicación a los Servicios Soluciones
de Empresa completan lo previsto en estas Condiciones Generales en cuanto no se
opongan a las mismas.
1. OBJETO
Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto regular la prestación
y la utilización del Servicio Solución Hilo Musical que
TELEFONICA DE ESPAÑA, pone a disposición del CLIENTE, así
como la contraprestación a pagar por el CLIENTE a TELEFÓNICA
DE ESPAÑA, mediante el pago de una cuota de alta más una cuota
mensual fija, de acuerdo con los precios que figuran en el Anexo I de las
presentes Condiciones Generales.
2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio SOLUCIÓN HILO MUSICAL permite la difusión
de canales de música de TELEFÓNICA SERVICIOS DE MÚSICA,
S.A.U. (en adelante, TELEFÓNICA SERVICIOS DE MÚSICA) sobre
las conexiones de Banda Ancha de Telefónica de España.
El servicio se compone de un paquete básico de seis canales de
audio y unas opciones de megafonía.
2.1 Paquete Básico:
El paquete básico incluye seis canales de audio, 24 horas al día,
365 días al año, renovación de contenidos, mantenimiento
y asistencia técnica del receptor y su conexión.
Cada uno de los canales de audio reproduce música clasificada según
una temática. Los seis canales son:
- Canal 1 Disco House: Música electrónica de actualidad.
- Canal 2 Atmósfera: Música Chill Out, New Age.
- Canal 3 Ambiental: Música instrumental de ambiente.
- Canal 4 Novedades: Radio fórmula con los temas de más
actualidad.
- Canal 5 Romántico: Canal de grandes éxitos de la música
romántica.
- Canal 6 Clásico Popular: Música clásica popular
2.2 Megafonía:
Existe la opción de adquirir equipos de megafonía para la
prestación del servicio adaptados a las dimensiones y características
del emplazamiento del usuario final. En base a ello, se distinguen las
siguientes modalidades de megafonía:
- Para local de 100 m2: AM 30W + 4 ALT + 1 AT.
- Para local de 200 m2: AM 30W + 8 ALT + 2 AT.
- Para local de 300 m2: AM 60W + 15 ALT + 4 AT.
- Para local de 400 m2: AM 120W + 20 ALT + 6 AT.
- Para local de 500 m2: AM 120W + 25 ALT + 8 AT.
La Megafonía es propiedad del cliente, por lo que tendrá
una garantía de 2 años de acuerdo a la ley 23/2003, de 10
de julio, de Garantías de la Venta de Bienes de Consumo.
3. PRESTACIÓN DEL SERVICIO
3.1 OPCIONES DE CONTRATACIÓN
Dependiendo del equipamiento ADSL (MODEM) del cliente, éste podrá
contratar el servicio con una solución Hardware, para clientes
con Módem Router, o con una solución Software, reservada
esta última a aquellos clientes de ADSL con Módem USB que
no deseen migrar a MODEM Router.
3.1.1 Solución Hardware.
Se instala el equipo HMIP en el domicilio del cliente. Este equipo se
conecta al ADSL y al equipo de amplificación de audio, y funciona
de forma automática y desatendida por parte del cliente.
3.1.2 Solución Software.
Se instala un software (en adelante el Programa) en el PC del cliente
y se conecta al equipo de amplificación y megafonía.
3.2 CONDICIONES PARA LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO
Los requisitos necesarios para la prestación del Servicio son los
siguientes:
- Para darse de alta en el servicio es necesario ser titular de la
línea telefónica que soporte el SERVICIO (RTB y/o RDSI).
- Este Servicio está dirigido a todos los usuarios que tengan
contratado un Servicio de acceso en la modalidad ADSL con TELEFÓNICA
DE ESPAÑA.
- Este servicio es incompatible con los Servicios Imagenio y ADSL Satélite.
La Solución software del Servicio, (descrita en el punto 3.1.2),
es incompatible con el servicio Facturación por Tiempo.
- Bajo ningún pretexto podrá el abonado conectar elementos
distintos a los que componen el Servicio, alterar las instalaciones
ni operar en ellas.
- El equipo para la recepción del Servicio Solución
Hilo Musical en la modalidad de Solución Hardware, la cual se
describe en el punto 3.1.1, se entregará al CLIENTE en régimen
de alquiler mientras éste permanezca abonado al servicio.
- TELEFÓNICA DE ESPAÑA, o cualquier otra empresa del
GRUPO TELEFÓNICA, se reserva la propiedad de todos los equipos
objeto de la compraventa, hasta tanto su importe no haya sido abonado
íntegramente por el cliente.
- La instalación de los enchufes de toma de corriente para la
alimentación de los equipos asociados al Servicio no serán
por cuenta de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, ni la realizarán
sus instaladores.
- Los equipos adquiridos en propiedad objeto de este contrato quedan
garantizados durante el plazo de dos años contra todo defecto
de fabricación y/o funcionamiento, salvo en el caso de que las
averías o defectos de funcionamiento se deban a mal uso, manipulación
indebida o conservación incorrecta de los mismos.
4. SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE
El CLIENTE dispondrá de un Servicio de Atención en relación
con la prestación del Servicio Solución Hilo Musical.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá prestar el Servicio de
Atención al CLIENTE por sí misma o a través de un
Servicio de Asistencia Técnica autorizado.
El Servicio de Atención al CLIENTE consiste en un Servicio de Atención
Comercial y un Servicio de Asistencia Técnica.
4.1 El Servicio de Atención Comercial al CLIENTE
Consiste en un Servicio de Asistencia Comercial telefónica, al
cual se accederá a través del número del Centro de
Atención al Cliente (de ahora en adelante CAC) habilitado a tal
efecto por TELEFONICA DE ESPAÑA, desde dónde se intentará
resolver al CLIENTE todo tipo de dudas comerciales.
El número del CAC es: 900 555 022 (PYMES) y 1004 (Profesionales)
4.2 El Servicio de Asistencia Técnica al CLIENTE
Es un servicio de consulta telefónica que comprende un Servicio
de Diagnóstico y un Servicio de Resolución de Incidencias.
Se accederá al mismo mediante el número del Centro de Atención
Técnica (de ahora en adelante CAT) de TELEFÓNICA DE ESPAÑA.
El operador del CAT intentará diagnosticar y resolver la incidencia
técnica que se le presente al CLIENTE. En caso de no ser posible
la resolución, se le pasará la incidencia a la segunda línea
CAT de TELEFÓNICA SERVICIOS DE MÚSICA, que tratará
de resolverla y se pondrá en contacto directo con el CLIENTE.
Este Servicio no comprende la asistencia técnica de incidencias
en el equipo informático del CLIENTE.
El número del CAT de TdE (primera línea) es: 902 357 022
5. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
El CLIENTE asume las siguientes obligaciones, durante el período
de comercialización del SERVICIO:
5.1 Remuneración
5.1.1 Precio del SERVICIO Tarifas
Como contraprestación por el SERVICIO, el CLIENTE vendrá
obligado a satisfacer el precio correspondiente a la modalidad de SERVICIO
contratada, de conformidad con las Tarifas reseñadas en Anexo I.
de las presentes Condiciones Generales. Dicho precio no incluye el importe
correspondiente al canon por comunicación pública debido
a la SGAE, el cual deberá ser abonado por el CLIENTE directamente
a dicha entidad de gestión. Por el contrario, el precio satisfecho
por el CLIENTE sí incluye el importe correspondiente al canon por
comunicación pública debido a la AGEDI y a la AIE excepto para
los tipos de establecimientos que a continuación se relacionan:
Hoteles; grandes almacenes y otras empresas de gran superficie (entendiéndose
por tales, las empresas que cuenten al menos con un establecimiento de
superficie comercial superior a 2000 metros cuadrados, o distintos establecimientos
de superficie inferior a la citada, pero que en su conjunto global superen
los 5000 metros cuadrados); aparcamientos; bingos; calles y pasillos de
galerías comerciales; ferias de muestras; exposiciones industriales
y otras de análoga naturaleza; palacios de congresos; pases de
modelos en locales públicos; estaciones de transporte público;
aeropuertos; cines; parques de ocio; compañías de transportes;
gimnasios; escuelas de baile y otros establecimientos de análoga
naturaleza cuando la utilización del repertorio de AGEDI tenga
carácter necesario (clases de baile, aerobic, gym jazz, etc.).
5.1.2 Forma de Pago
TELEFÓNICA DE ESPAÑA facturará al CLIENTE las sumas
previstas en el Cuadro General de Tarifas vigente en cada momento, de
la forma en que se indica a continuación:
- Las cuota de alta y la primera mensualidad de la modalidad del SERVICIO
contratada serán presentadas al cobro por TELEFONICA DE ESPAÑA
al CLIENTE, mediante domiciliación bancaria, conjuntamente en
la factura telefónica, en los siete primeros días siguientes
a la fecha de alta en el Servicio.
- La segunda y sucesivas cuotas mensuales, cuyo pago se efectuará
a mes vencido, se efectuará mediante la modalidad de pago contratada
y se incluirá en la factura telefónica.
- En caso de retraso en el pago, TELEFÓNICA DE ESPAÑA
podrá suspender temporal o definitivamente la prestación
de los Servicios si, tras haber requerido el pago al CLIENTE, éste
no lo hubiera hecho efectivo en un plazo de siete (7) días desde
dicho requerimiento.
5.2 Uso correcto del SERVICIO
El CLIENTE se compromete a utilizar el SERVICIO de conformidad con la
ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden
público, así como a abstenerse de utilizar el Servicio con
fines o efectos ilícitos, prohibidos en la presentes Condiciones
Generales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier
forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los Servicios,
los equipos informáticos de otros CLIENTES o de otros usuarios
de Internet (hardware y software) así como los documentos, archivos
y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos
(hacking), o impedir la normal utilización o disfrute de dichos
Servicios, equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos
por parte de los demás CLIENTES y de otros usuarios.
En concreto, el Cliente se compromete a abstenerse de:
- Utilizar los contenidos musicales del SERVICIO con carácter principal para la explotación de su negocio, habida cuenta de que se trata de un servicio de mera ambientación musical.
- Realizar actos de ingeniería inversa, descompilar, desensamblar,
reproducir, alterar o transformar el Programa o alguna de sus partes
o componentes, así como de crear programas derivados del Programa,
salvo en la forma y con los efectos previstos en estas Condiciones Generales;
- Utilizar el SERVICIO para cualquier finalidad que difiera de la establecida
en las Condiciones Generales;
- Desarrollar actividad alguna que vulnere derechos de terceros, en
particular a través del uso, comunicación o puesta a disposición
pública, reproducción, distribución o modificación
de comunicaciones o materiales que vulneren derechos pertenecientes
a terceros de propiedad intelectual, derechos de propiedad industrial
u otros derechos;
- El CLIENTE será responsable del uso incorrecto de los servicios
contratados.
5.3 Utilización del buzón del CLIENTE por parte de TELEFÓNICA
DE ESPAÑA.
El CLIENTE acepta y autoriza que TELEFÓNICA DE ESPAÑA utilice
su buzón para comunicarse con él y remitirle mensajes, como
por ejemplo, las comunicaciones que TELEFÓNICA DE ESPAÑA
puede remitir al CLIENTE de conformidad con las presentes Condiciones
Generales o desde listas de correo automáticas (como mensajes relativos
a información técnica, operativa y comercial acerca de productos
y servicios ofrecidos por TELEFÓNICA DE ESPAÑA o a través
de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, etc.).
5.4 Colaboración con TELEFÓNICA DE ESPAÑA
El CLIENTE se obliga a facilitar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA,
la colaboración necesaria para todas aquellas cuestiones y actividades
que se planteen durante el período de comercialización o
que guarden relación con el mismo.
5.5 Suspensión del servicio
TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá retirar o suspender en
cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, la prestación
del servicio a aquellos clientes que incumplan lo establecido en estas
Condiciones. En este caso, o cuando por cualquier otra causa se produjera
la expiración del presente contrato, TELEFÓNICA DE ESPAÑA
o cualquier otra empresa del GRUPO TELEFÓNICA procederá
a la retirada de los equipos (en caso de que estos se disfrutaran en régimen
de alquiler), sin necesidad de acudir a los Tribunales de Justicia. En
dichos supuestos, el cliente se compromete a entregar a TELEFÓNICA
DE ESPAÑA, o a cualquier otra empresa del GRUPO TELEFÓNICA
que ésta designe, los equipos que sean propiedad de ésta
o a permitir que los mismos sean retirados por personal debidamente acreditado,
incluso en el supuesto que considere que le asiste cualquier tipo de acción
frente a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, para cuyo ejercicio podrá
solicitar la tutela judicial.
5.6 Disponibilidad del documento de pago
El documento de pago del servicio de ambientación musical, debe
conservarse a disposición de los inspectores o empleados de la
A.G.E.D.I. y de la A.I.E.
5.7 Copia del software proporcionado por el servicio
El CLIENTE sólo podrá realizar una única copia del
Software y sólo para su instalación en el disco duro del
equipo informático desde el que se establezca la conexión
con el Servicio.
El CLIENTE se abstendrá de efectuar ninguna otra copia del Software,
de enviar copias del Software a terceros o poner el Software a disposición
de terceros por cualquier medio, así como también se abstendrá
de utilizar el software con una finalidad distinta de la prevista en estas
Condiciones Generales.
6. OBLIGACIONES DE TELEFÓNICA DE ESPAÑA
6.1 Compromiso de Nivel de servicio
6.1.1. Disponibilidad
TELEFÓNICA DE ESPAÑA hará todos sus esfuerzos para
que las interrupciones o alteraciones en la prestación del SERVICIO
se solventen en el menor plazo posible, de forma que el CLIENTE se vea
afectado mínimamente.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA quedará exenta de toda responsabilidad
en caso de que la interrupción del SERVICIO se deba a causas de
fuerza mayor o causas imputables al propio CLIENTE.
6.1.2. Responsabilidad por falta de disponibilidad
TELEFONICA DE ESPAÑA responderá por la falta de disponibilidad
del Servicio, cuando se deba a una causa directamente imputable a TELEFONICA
DE ESPAÑA. Cuando la falta de disponibilidad del servicio se deba
a una causa no imputable a TELEFONICA DE ESPAÑA, ésta responderá,
única y exclusivamente, en el caso de que la prestación
del mismo se interrumpa durante un tiempo superior a las doce (12) horas,
de forma continua o intermitente, en un mismo mes natural, computadas
de conformidad con lo previsto en la condición 6.1.3, y sin perjuicio
de lo dispuesto en la condición 6.1.1.
En tal caso, TELEFÓNICA DE ESPAÑA estará obligada
a devolver al CLIENTE la cantidad equivalente a aquella parte de la cuota
mensual del SERVICIO correspondiente al tiempo efectivo de la interrupción
que exceda de doce (12) horas. ESTA ES LA UNICA COMPENSACIÓN QUE
ESTÁ OBLIGADA TELEFONICA DE ESPAÑA A SATISFACER AL USUARIO
POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE EL USUARIO PUEDA
SUFRIR POR LA FALTA DE DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO, SIN PERJUICIO DE AQUELLAS
OTRAS QUE IMPONGA EL ORDENAMIENTO JURIDICO.
No constituirá falta de disponibilidad a estos efectos:
- La interrupción del SERVICIO como consecuencia de las operaciones
de mantenimiento de la red, en cuyo caso Telefónica de España
notificará al Cliente las fechas de dichas interrupciones con
un plazo razonable
- La discontinuidad en el SERVICIO causada por la introducción
por el CLIENTE de elementos de Hardware o de Software que provoquen
un mal funcionamiento general de su equipo o que resulten incompatibles
con los elementos precisos en dicho equipo para el acceso Internet a
través del Servicio;
- Las averías identificadas en el tramo de red de acceso no
perteneciente a TELEFÓNICA DE ESPAÑA (Infraestructuras
Comunes de Telecomunicaciones y Red de Cliente).
- La interrupción del Servicio de acuerdo con lo dispuesto en
la condición 6.1.1.
6.1.3. Duración de la falta de disponibilidad garantizada
A los efectos previstos en la Condición 6.1.2. la falta de disponibilidad
garantizada del SERVICIO se computará desde el momento en que se
reciba el aviso de avería del CLIENTE, a través del centro
de Atención Técnica hasta el momento en que se solucione
la avería avisada y se restablezca efectivamente el SERVICIO.
6.2. Servicios de Atención al Cliente
TELEFONICA DE ESPAÑA se obliga a prestar al CLIENTE el Servicio
de Atención al Cliente en los términos indicados en la Condición
4.
7.RESPONSABILIDAD POR EL USO DEL SERVICIO
7.1. Responsabilidad por los servicios
7.1.1. Continuidad del SERVICIO
TELEFÓNICA DE ESPAÑA sólo garantiza la continuidad
de la prestación del SERVICIO en los términos establecidos
en la Condición 6.1.
7.1.2. Utilidad y fiabilidad de los Servicios y contenidos accesibles
a través de los servicios.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza que el SERVICIO sea útil
para la realización de ninguna actividad en particular, ni la infalibilidad
de los Servicios y contenidos accesibles a través del SERVICIO.
TELEFONICA DE ESPAÑA EXCLUYE TODA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS
Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUDIERAN DEBERSE A LA DEFRAUDACIÓN
DE LA UTILIDAD QUE LOS USUARIOS HUBIEREN PODIDO ATRIBUIR A LOS SERVICIOS
Y A LA FALIBILIDAD DE LOS SERVICIOS Y CONTENIDOS ACCESIBLES A TRAVES DE
LOS SERVICIOS. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Condición
6.1.1
7.1.3. Privacidad y seguridad en la utilización de los Servicios.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza la privacidad y la seguridad
en la utilización del Acceso a Internet de Banda Ancha por parte
de los CLIENTES y, en particular, no garantiza que terceros no autorizados
no puedan tener conocimiento de la clase, condiciones, características
y circunstancias del uso de Internet que puedan hacer los CLIENTES o que
no puedan acceder y, en su caso, interceptar, eliminar, alterar, modificar
o manipular de cualquier modo los Contenidos y comunicaciones de toda
clase que los CLIENTES transmitan, difundan, almacenen, pongan a disposición,
reciban, obtengan o accedan a través del Acceso a Internet de Banda
Ancha.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA, EXCLUYE, CON TODA LA EXTENSIÓN
QUE PERMITE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO, TODA RESPONSABILIDAD POR
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE
AL CONOCIMIENTO QUE PUEDAN TENER LOS TERCEROS DE LA CLASE, CONDICIONES,
CARACTERÍSTICAS Y CIRCUNSTANCIAS DEL USO DE INTERNET QUE PUEDAN
HACER LOS USUARIOS O QUE PUEDAN DEBERSE AL ACCESO Y, EN SU CASO, A LA
INTERCEPTACIÓN, ELIMINACIÓN, ALTERACIÓN, MODIFICACIÓN
O MANIPULACIÓN DE CUALQUIER MODO DE LOS CONTENIDOS Y COMUNICACIONES
DE TODA CLASE QUE LOS USUARIOS TRANSMITAN, DIFUNDAN, ALMACENEN, PONGAN
A DISPOSICIÓN, RECIBAN, OBTENGAN O ACCEDAN A TRAVÉS DEL
ACCESO A INTERNET DE BANDA ANCHA.
7.2. Responsabilidad por los Contenidos
7.2.1. Calidad.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla con carácter previo
y no garantiza, la ausencia de virus en los Contenidos transmitidos, difundidos,
almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles
a través del Acceso a Internet de Banda Ancha, ni la ausencia de
otros elementos que puedan producir alteraciones en el equipo informático
del CLIENTE o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados
en o transmitidos desde el equipo informático del CLIENTE.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A
LA PRESENCIA DE VIRUS O A LA PRESENCIA DE OTROS ELEMENTOS LESIVOS EN LOS
CONTENIDOS TRANSMITIDOS, DIFUNDIDOS, ALMACENADOS, RECIBIDOS, OBTENIDOS,
PUESTOS A DISPOSICIÓN, O ACCESIBLES A TRAVÉS DEL SERVICIO.
7.2.2. Licitud, falibilidad y utilidad.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA es completamente ajena a, no interviene
en la creación, transmisión ni en la puesta a disposición
de y no ejerce ninguna clase de control previo ni garantiza la licitud,
la infalibilidad y utilidad de los Contenidos transmitidos, difundidos,
almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles
a través del SERVICIO.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA excluye cualquier responsabilidad por
los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a
la transmisión, difusión, puesta a disposición, recepción,
obtención o acceso a los contenidos a través del SERVICIO
y, en particular, aunque no de modo exclusivo, por los daños y
perjuicios que puedan deberse a:
- el incumplimiento de la ley, la moral y las buenas costumbres generalmente
aceptadas o el orden público como consecuencia de la transmisión,
difusión, puesta a disposición, recepción, obtención
o acceso a los contenidos a través del SERVICIO;
- la infracción de los derechos de propiedad intelectual e industrial,
de los secretos empresariales, de compromisos contractuales de cualquier
clase, de los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar
y a la imagen de las personas, de los derechos de propiedad y de toda
otra naturaleza pertenecientes a un tercero como consecuencia de la
transmisión, difusión, puesta a disposición, recepción,
obtención o acceso a los contenidos a través del SERVICIO;
- la realización de actos de competencia desleal y publicidad
ilícita como consecuencia de la transmisión, difusión,
puesta a disposición, recepción, obtención o acceso
a los contenidos a través del SERVICIO;
- la falta de veracidad, exactitud, exhaustividad, pertinencia y/o
actualidad de los contenidos transmitidos, difundidos, recibidos, obtenidos,
puestos a disposición o accesibles a través del SERVICIO;
- la inadecuación para cualquier clase de propósito de
y la defraudación de las expectativas generadas por los contenidos
transmitidos, difundidos, recibidos, obtenidos, puestos a disposición,
o accesibles a través del SERVICIO;
- el incumplimiento, retraso en el cumplimiento, cumplimiento defectuoso
o terminación por cualquier causa de las obligaciones contraídas
por terceros y contratos realizados con terceros a través de
o con motivo del acceso a los contenidos transmitidos, difundidos, recibidos,
obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través
del SERVICIO;
- los vicios y defectos de toda clase de los productos y servicios
comercializados, adquiridos o prestados a través de los servicios
de terceros accesibles a través del SERVICIO.
7.3. Usos no autorizados
TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla el acceso ni la utilización
que el CLIENTE u otros usuarios hacen del SERVICIO. En particular, TELEFÓNICA
DE ESPAÑA no garantiza que el CLIENTE u otros usuarios accedan
a y/o utilicen el SERVICIO de conformidad con lo dispuesto en estas Condiciones
Generales o, en su caso, con las condiciones particulares que puedan resultar
de aplicación.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUDIERAN DEBERSE
AL ACCESO A Y/ LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO POR EL CLIENTE O POR
OTROS USUARIOS EN CONTRA DE LO DISPUESTO EN ESTAS CONDICIONES GENERALES.
7.4. Identidad e información relativa a los CLIENTES proporcionada
por los mismos
TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla ni ofrece ninguna clase
de garantía sobre la veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad
de los datos que los CLIENTES proporcionan sobre sí mismos a o
hacen accesibles a otros CLIENTES.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A
LA INCORRECTA IDENTIDAD DE LOS CLIENTES Y A LA FALTA DE VERACIDAD, VIGENCIA,
EXHAUSTIVIDAD Y/O AUTENTICIDAD DE LA INFORMACIÓN QUE LOS CLIENTES
PROPORCIONAN ACERCA DE SÍ MISMOS Y PROPORCIONAN O HACEN ACCESIBLES
A OTROS USUARIOS Y, EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUSIVO, POR LOS
DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA SUPLANTACIÓN
DE LA PERSONALIDAD DE UN TERCERO EFECTUADA POR UN CLIENTE O USUARIO EN
CUALQUIER CLASE DE COMUNICACIÓN O TRANSACCIÓN REALIZADA
A TRAVÉS DEL SERVICIO
8.MODIFICACIONES Y CANCELACIÓN DEL SERVICIO
Las características del SERVICIO podrán verse modificadas
con la finalidad de adaptarlas a su evolución técnica, cuando
existan razones para ello, en cuyo caso, TELEFÓNICA DE ESPAÑA
lo comunicará al CLIENTE en el plazo de preaviso establecido a
continuación, y éste podrá optar por resolver el
contrato, sin penalización alguna, de acuerdo con lo establecido
en la Condición 15.2.
Asimismo, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá cancelar, en
cualquier momento, aquellos de los servicios y/o prestaciones que proporciona.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA comunicará al CLIENTE la cancelación
o la modificación del SERVICIO, con un plazo de quince (15) días
de antelación respecto del día en que deba ser efectiva
dicha cancelación o modificación. Esta facultad de TELEFÓNICA
DE ESPAÑA no perjudica la facultad de desistimiento reconocida
al CLIENTE en la Condición de Terminación, punto 15.1, sin
que ello implique para el Cliente penalización o coste alguno.
9. RETIRADA Y SUSPENSION DEL SERVICIO
TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá retirar o suspender, cautelarmente,
la prestación del SERVICIO a aquellos CLIENTES que incumplan lo
establecido en estas Condiciones Generales, comunicándolo debidamente.
10 NO LICENCIA
TELEFÓNICA DE ESPAÑA autoriza al CLIENTE la utilización
de los derechos de propiedad intelectual, de los derechos de propiedad
industrial y de los secretos empresariales relativos al SERVICIO de los
que es titular, únicamente para utilizar el SERVICIO de conformidad
con lo establecido en estas Condiciones Generales. TELEFÓNICA DE
ESPAÑA no concede ninguna otra licencia o autorización de
uso de ninguna clase sobre sus derechos de propiedad intelectual, de propiedad
industrial, sobre los secretos empresariales o sobre cualquier otra propiedad
o derecho relacionado con los Servicios.
11 TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
11.1. A efectos de lo dispuesto en la normativa vigente, Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal, TELEFÓNICA DE ESPAÑA informa
al CLIENTE de la existencia de ficheros automatizados con datos de carácter
personal creados por ella y bajo responsabilidad de la misma, cuya finalidad
es realizar el mantenimiento y la gestión de la relación
contractual con el CLIENTE así como de las labores de información
del servicio Solución Hilo Musical y otros servicios asociados
así como actividades relacionadas con los mismos. Asimismo le informa
de la posibilidad de ejercitar, de acuerdo con lo establecido en dicha
normativa, los derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición, dirigiéndose a los números de atención
comercial al cliente o mediante escrito dirigido a Telefónica de
España, Apartado de Correos 46155 Ref. Datos 28080 Madrid.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA se compromete al cumplimiento de la
obligación de secreto respecto a los datos de carácter personal
y de su deber de guardarlo, adoptando las medidas de seguridad que impone
la legislación vigente para evitar su alteración, perdida,
tratamiento o acceso no autorizado.
11.2. La prestación del SERVICIO objeto del contrato puede exigir
que alguna de las facilidades que integran el mismo sean provistas por
otra empresa distinta de Telefónica de España. Por dicha
razón, el cliente consiente por medio de esta condición
que Telefónica de España comunique a Telefónica Servicios
de Música SAU los datos personales indispensables así como
de productos y servicios contratados que resulten necesarios para la provisión
del servicio, para la atención comercial y técnica del mismo
y para proceder al pago de los cánones procedentes a las entidades
de Gestión de Derechos SGAE y AGEDI-AIE. Dicha comunicación
a Telefónica Servicios de Música SAU solo podrá realizarse
para las finalidades anteriormente descritas así como para realizar
las labores de información y comercialización que posibiliten
al cliente el acceso a los productos y servicios más avanzados
de telecomunicaciones.
En razón a lo anterior, el cliente consiente que Telefónica
Servicios de Música SAU comunique a las entidades de Gestión
de Derechos SGAE y AGEDI-AIE los datos personales estrictamente indispensables
para que la primera proceda al cobro de su canon, y para que la segunda
pueda comprobar el correcto pago del mismo por parte de Telefónica
Servicios de Música SAU salvo las excepciones recogidas en este documento y relacionadas en el punto 5.2., en las que el canon será liquidado directamente por el cliente a AGEDI - AIE.
11.3. Si el cliente no desea que sus datos personales y el tratamiento
de sus datos de facturación puedan ser utilizados con fines promocionales
ajenos a los de los servicio contratados, deberá comunicarlo a
los números de atención comercial al cliente de Telefónica
de España (1004) o enviar un escrito dirigido a Telefónica
de España Apartado de Correos 46.155 Ref. DATOS 28080 Madrid. Asimismo,
le significamos que de no recibir noticias suyas en el plazo de un mes,
se entenderá otorgado su consentimiento, que en todo caso podrá
revocar en cualquier momento mediante escrito dirigido a la dirección
indicada
11.4 El cliente consiente el envío de comunicaciones comerciales
de TELEFONICA DE ESPAÑA sobre productos y servicios de TELEFONICA
DE ESPAÑA o comercializados por esta a su dirección electrónica.
No obstante, si no desea recibir esta información puede revocar
su consentimiento en cualquier momento comunicándolo a la dirección
indicada en el apartado primero de la presente condición.
12. PROCEDIMIENTO EN CASO DE VIOLACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
En el caso de que un CLIENTE o un tercero considere que la puesta a disposición
de cualquiera de los Contenidos a través del SERVICIO infringe
sus derechos de propiedad intelectual, deberá ponerse en contacto
con el CAC del SERVICIO dónde se le comunicarán todos los
datos necesarios para enviar una notificación a TELEFÓNICA
DE ESPAÑA en la que se contengan los siguientes extremos:
- datos personales: nombre, NIF/CIF, dirección, número
de teléfono y dirección de correo electrónico del
reclamante.
- firma auténtica o equivalente, con los datos personales del
titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos
o de la persona autorizada para actuar en nombre y por cuenta del titular
de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos;
- indicación precisa y completa de los Contenidos protegidos
mediante los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos,
así como de su localización.
- declaración expresa y clara de que la puesta a disposición
de los Contenidos indicados se ha realizado sin el consentimiento del
titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos.
- declaración expresa, clara y bajo la responsabilidad del reclamante
de que la información proporcionada en la notificación
es exacta y de que la introducción de los contenidos constituye
una violación de sus derechos de propiedad intelectual.
13.CESIÓN DE DERECHOS
TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá ceder el Contrato o los
derechos dimanantes del mismo a cualquier Sociedad del GRUPO TELEFÓNICA
que pueda prestar en un futuro el SERVICIO, viniendo obligada a comunicarlo
al CLIENTE en los términos previstos en la Condición 15.1.,
sin perjuicio de que éste pueda solicitar la baja en el servicio.
14.VIGENCIA
El Contrato entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE entrará
en vigor a partir de la fecha en que se produzca el alta en el SERVICIO.
Dicho contrato tendrá una duración indefinida, sin perjuicio
de la facultad de terminación unilateral o desistimiento reconocida
en la condición 15.1.
15.TERMINACIÓN
15.1. Desistimiento:
15.1.1.Por voluntad del CLIENTE, comunicada a TELEFÓNICA DE ESPAÑA,
con diez (10) días de antelación respecto a la fecha en
que hubiera de tener lugar la terminación efectiva de la prestación
de los servicios, mediante el procedimiento que le facilitarán
en el número de atención comercial.
15.1.2.Por voluntad del CLIENTE, motivada por la modificación por
Telefónica de España de las condiciones de prestación
del servicio, de acuerdo con lo establecido en la Condición 8.
15.1.3. TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá dar por finalizado
el presente acuerdo por cesación en la prestación del SERVICIO,
previa comunicación al CLIENTE con QUINCE (15) días de antelación
sobre la fecha prevista para dicha cesación.
15.2. Resolución
TELEFONICA DE ESPAÑA y el CLIENTE tienen reconocida la facultad
de resolver el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones
de la otra parte, siempre que tal incumplimiento no fuera subsanado en
un plazo máximo de siete (7) días tras la petición
escrita de la otra parte solicitando la subsanación del incumplimiento,
a no ser que dicho incumplimiento se considerara insubsanable o hiciera
imposible el cumplimiento del presente acuerdo para la parte denunciante,
en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata. Ello, en
todo caso, dejando a salvo la reclamación que por daños
y perjuicios pueda corresponder a la parte cumplidora, así como
la facultad de retirada y suspensión del SERVICIO prevista en la
Condición 9.
15.3.Efectos.
Terminada la prestación del Servicio objeto de estas Condiciones
Generales, TELEFÓNICA DE ESPAÑA facturará, en su
caso, el importe correspondiente a la parte proporcional de la última
cuota mensual, en función de la fecha de efectividad de la baja,
sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Condición.
16. NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de
TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE se realizarán de
alguna de las siguientes maneras según proceda:
- envío por correo postal al domicilio indicado por el CLIENTE.
- envío por correo electrónico a cualquiera de los buzones
que el CLIENTE dispone como parte del SERVICIO;
- comunicación por medio de una llamada telefónica al
número de teléfono indicado por el CLIENTE en el Formulario
de Solicitud de Alta en el SERVICIO, o modificado posteriormente por
el CLIENTE conforme a esta Condición.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá, además, informar
de las incidencias relacionadas con el SERVICIO, mediante la publicación
en sus páginas Web, cuando dicha información sea de carácter
general para todos los CLIENTES.
A estos efectos, el CLIENTE manifiesta que todos los datos facilitados
por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a TELEFÓNICA
DE ESPAÑA todos los cambios relativos a su domicilio, datos de
cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión
y mantenimiento de la relación contractual entre TELEFÓNICA
DE ESPAÑA y el CLIENTE.
Las comunicaciones del CLIENTE a TELEFÓNICA DE ESPAÑA deberán
dirigirse al Servicio de Atención al CLIENTE utilizando los números
de atención comercial.
17 LEY APLICABLE
La prestación del SERVICIO objeto de este Contrato se regirá
por la legislación española.
18 JURISDICCIÓN
TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE, se someten a los Juzgados
y Tribunales que resulten competentes en cada momento, conforme a lo dispuesto
en la legislación vigente, para cualquier controversia que pudiera
derivarse de la prestación del Servicio objeto de estas Condiciones
Generales.
18.1Resolución de conflictos
- Interpuesta una reclamación por el CLIENTE contra TELEFÓNICA
DE ESPAÑA, si no se hubiera resuelto en el plazo de un mes o
sí, resuelta no fuera estimada, el CLIENTE podrá presentar
la reclamación a la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones
y para la Sociedad de la Información (SETSI) en el plazo de un
(1) mes desde la resolución de TELEFÓNICA DE ESPAÑA
o desde la finalización el plazo para responder.
- TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE, se someten a los
Juzgados y Tribunales que resulten competentes en cada momento, conforme
a lo dispuesto en la legislación vigente, para cualquier controversia
que pudiera derivarse de la prestación del SERVICIO objeto de
estas Condiciones Generales.
ANEXO I
PRECIOS COSTE
LISTA
DE PRECIOS
Año 2005 |
| CUOTA CONEXIÓN |
Solución Hilo Musical (HW) |
120 € |
| Solución Hilo Musical (SW) |
40 € |
| CUOTA MENSUAL |
Solución Hilo Musical (HW) |
22,90 €/mes |
| Solución Hilo Musical (SW) |
22,90 €/mes |
|
TABLA
DE PRECIOS NETOS POR VENTA DE EQUIPOS DE MEGAFONÍA
Año 2005 |
| LOCALES |
DETALLE |
PRECIO |
| Local de 100 m2 |
1 Amplificador 30 W + 4 Altavoces + 1 Atenuador |
645 € |
| Local de 200 m2 |
1 Amplificador 30 W + 8 Altavoces + 2 Atenuadores |
1.027 € |
| Local de 300 m2 |
1 Amplificador 60 W + 15 Altavoces + 4 Atenuadores |
1.880 € |
| Local de 400 m2 |
1 Amplificador 120 W + 20 Altavoces + 6 Atenuadores |
2.408 € |
| Local de 500 m2 |
1 Amplificador 120 W + 25 Altavoces + 8 Atenuadores |
2.917 € |
|
SGAE no incluido
Impuestos indirectos no incluidos
AGEDI-AIE incluido (**)
(**) Salvo excepciones recogidas en el punto 5.1.1
(Todos los precios están en euros)
TELEFONICA DE ESPAÑA podrá realizar variaciones en los mismos
por razones comerciales a efectos de hacer paquetes de servicios o promociones
informando al CLIENTE de los mismos, en la forma especificada en las Condiciones
Generales
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